martes, 3 de noviembre de 2009

PRESIDENTE ESPURIO:

El Congreso de nueva cuenta dejo en la Presidencia de la Mesa Directiva al C. Oscar Manuel Madero Valencia, al cual lo podemos bautizar como el presidente espurio del Congreso, porque no existe disposición alguna en la normatividad legislativa que autorice, la reelección de diputados en algún puesto.

De conformidad con nuestros principios constitucionales, la reelección directa no está establecida, sino relativa en algunos casos, es decir, dejar pasar un periodo para luego contender por un puesto en algún caso.

Los legisladores locales en aras de mandar mensajes mediáticos hacen cualquier tontería, como esta, trastocando el orden jurídico.

Reza un principio consagrado en la Constitución Federal y Local que las autoridades solo pueden obrar con facultades expresas en la Ley, y la ley Orgánica del Congreso no dice que los presidentes se puedan reelegir. Expreso quiere decir que este plasmado o escrito, porque nuestras sistema jurídico es escrito y yo que recuerde no está.

Que mas cosas se verán en el Congreso en aras de una democracia mal entendida por los diputados, la parafernalia es demagogia.

Vale transcribir los artículos de la Ley que regula el procedimiento del Congreso desde la Constitución:

Constitución Local:

“ARTÍCULO 2o.- En Sonora la investidura de los funcionarios públicos emana de la Ley y está sujeta a ella. Las prescripciones legales constituyen el único límite a la libertad individual. En este concepto, las autoridades sólo pueden obrar ejercitando facultades expresas de la Ley y los particulares pueden hacer todo lo que ésta no les prohíba.”

Ley Orgánica del Congreso:

“ARTÍCULO 57.- La Mesa Directiva será electa por mayoría del pleno del Congreso del Estado; tendrá una duración de acuerdo al mes correspondiente para el que fuera designada; y se comunicará a las autoridades correspondientes para los efectos legales a que haya lugar.

ARTÍCULO 58.- En la última sesión de cada mes de ejercicio, el pleno del Congreso del Estado elegirá para el siguiente mes a su Mesa Directiva, cuyos miembros asumirán sus cargos en el primer día del mes correspondiente. Cuando se trate del inicio de los periodos ordinarios, la elección se hará en el primer día hábil del periodo de que se trate.”

De lo anterior, como venimos sosteniendo no existe disposición expresa que indique que un Diputado se puede reelegir como presidente.

PRESIDENTE ESPURIO


El Congreso de nueva cuenta dejo en la Presidencia de la Mesa Directiva al C. Oscar Manuel Madero Valencia, al cual lo podemos bautizar como el presidente espurio del Congreso, porque no existe disposición alguna en la normatividad legislativa que autorice, la reelección de diputados en algún puesto.

De conformidad con nuestros principios constitucionales, la reelección directa no está establecida, sino relativa en algunos casos, es decir, dejar pasar un periodo para luego contender por un puesto en algún caso.

Los legisladores locales en aras de mandar mensajes mediáticos hacen cualquier tontería, como esta, trastocando el orden jurídico.

Reza un principio consagrado en la Constitución Federal y Local que las autoridades solo pueden obrar con facultades expresas en la Ley, y la ley Orgánica del Congreso no dice que los presidentes se puedan reelegir. Expreso quiere decir que este plasmado o escrito, porque nuestras sistema jurídico es escrito y yo que recuerde no está.

Que mas cosas se verán en el Congreso en aras de una democracia mal entendida por los diputados, la parafernalia es demagogia.

Vale transcribir los artículos de la Ley que regula el procedimiento del Congreso desde la Constitución:

Constitución Local:

“ARTÍCULO 2o.- En Sonora la investidura de los funcionarios públicos emana de la Ley y está sujeta a ella. Las prescripciones legales constituyen el único límite a la libertad individual. En este concepto, las autoridades sólo pueden obrar ejercitando facultades expresas de la Ley y los particulares pueden hacer todo lo que ésta no les prohíba.”

Ley Orgánica del Congreso:

“ARTÍCULO 57.- La Mesa Directiva será electa por mayoría del pleno del Congreso del Estado; tendrá una duración de acuerdo al mes correspondiente para el que fuera designada; y se comunicará a las autoridades correspondientes para los efectos legales a que haya lugar.

ARTÍCULO 58.- En la última sesión de cada mes de ejercicio, el pleno del Congreso del Estado elegirá para el siguiente mes a su Mesa Directiva, cuyos miembros asumirán sus cargos en el primer día del mes correspondiente. Cuando se trate del inicio de los periodos ordinarios, la elección se hará en el primer día hábil del periodo de que se trate.”

De lo anterior, como venimos sosteniendo no existe disposición expresa que indique que un Diputado se puede reelegir como presidente.

Pero por el contrario tenemos enunciados que nos indican que se debe cambiar:

La Mesa Directiva tendrá una duración de acuerdo al mes correspondiente para el que fuera designada.

Cuyos miembros asumirán, lo cual quiere decir que no estaban.

Asumir u ocupar, algo que debe estar vacio.

Así que Manolo es espurio.

YO QUIERO SEGUIR EL EJEMPLO DEL NARCO:


“La mejor solución a los problemas de México es hacer lo que hace el narco, porque produce lo que demanda el mercado y usa tecnología.”

Desde mañana aplico en mi vida esta frase para que me vaya bien, porque de una manera honesta, no se puede vivir, que bueno que es nuestro tan haiga sido como haiga sido gobierno el que se da cuenta de que sólo el narco nos puede sacar del hoyo en que nos encontramos muchos hermosillenses, sonorenses y mexicanos, hubiéramos resuelto nuestros problemas si desde chicos le entramos al narco.

Y no mas, porque son lideres emprendedores, encuentran la demanda, innovan y la colocan en el mercado. No necesitan al gobierno, es mas el gobierno según datos de las propias autoridades ha sido infiltrado por el narco y trabaja para él.

Que paren los libros de texto, para que discutir la sexualidad, el aborto y la historia de México, nada mas necesitamos en esos libros como le hace el narco.

Que las cuestiones litigiosas, se resuelvan como le hace el narco a balazos, pues son los mejores.

Que en la cárcel estén los que pretenda vivir honestamente porque eso no genera riqueza solo el narco.

Para que decirle algunos políticos que le hagan como el narco, pues ya hace mucho que lo hacen y les va bien.

Ya me imagino los titulares de los periódicos deportivos de un país que le hace como el narco:

Ganamos medalla de oro a burrear en la frontera.

Ganamos medalla de oro a prostitución Infantil y trata.

O los datos de INEGI:

El 99% de la población del País se dedica al narco, México es un país desarrollado y de primer mundo.

Que nadie se equivoque hay que hacerle como el narco.

Dices Samuel:


“Es que antes con Eduardo Bours Castelo como gobernador y ahora con Guillermo Padrés en el Ejecutivo, las cosas siguen iguales, porque las autoridades no están en condiciones de adivinar los planes del crimen organizado y desde esa perspectiva eventos como el del viernes no pueden ser evitados, más sí dar con los responsables.”

Creo que te equivocas Samuel y te lo explico con la Ley en la mano:

El artículo 3º de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Sonora:

“Define la seguridad pública como la función a cargo del Estado y los municipios, tendiente a salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, las libertades, la paz y el orden públicos.”

Las autoridades competentes alcanzarán los fines de la seguridad pública mediante la prevención, persecución, procesamiento y sanción de las infracciones y delitos y, en su caso, la aplicación de medidas de seguridad, procurando la reinserción social de sus autores, incluyendo los inimputables por minoridad o defecto mental.

También intervendrán, coordinándose con los sistemas educativos, de salud, de protección civil, de saneamiento ambiental, o cualquier otro que coadyuve a la preservación de la seguridad pública.

De igual manera, La función de seguridad pública es una responsabilidad conjunta que se desarrollará en sus respectivos ámbitos de competencia, por conducto de las autoridades de policía preventiva y tránsito; de la Procuraduría General de Justicia del Estado y su policía; de los tribunales; y de las autoridades responsables de la ejecución de penas y de las encargadas de aplicar medidas de seguridad para inimputables, así como por las demás autoridades que en razón de sus atribuciones deban contribuir directa o indirectamente al objeto de esta ley.

Por otra parte, El Sistema Estatal de Seguridad Pública contará con un programa de prevención del delito y de otras conductas antisociales que afecten a la sociedad, a partir de un diagnóstico de cada uno de los elementos del sistema preventivo y de los factores criminógenos, humanos o naturales, que les sirven de origen, a fin de coordinar los objetivos, estrategias, políticas y acciones conducentes, con el apoyo de la Comunidad.

El Estado y los municipios establecerán los instrumentos necesarios para constituir un sistema de información en materia de seguridad pública. Se integrará, para este efecto, una base común de datos aportados por las áreas encargadas de la vigilancia preventiva, de la persecución del delito, de la administración de justicia y de la ejecución de penas y medidas de seguridad, entre otras fuentes, y en virtud de la coordinación, se comunicará la información necesaria a las áreas antes señaladas, así como al Sistema Nacional de Seguridad Pública para facilitar las labores de planeación que correspondan.

Quienes integran el Consejo Estatal de Seguridad Pública:

I. El Gobernador del Estado, quien lo presidirá; II. El Secretario Ejecutivo, quien fungirá como Secretario Técnico del Consejo Estatal de Seguridad Pública y suplirá al Presidente en caso de ausencia; III. El Procurador General de Justicia del Estado; IV. El Secretario de Infraestructura Urbana y Ecología; VI. El Director General de la Policía Judicial en el Estado; VII. El Comandante de la IV Zona Militar; VIII. El Comandante de la VI Zona Naval Militar; IX. El Delegado en el Estado de la Procuraduría General de la República; X. El Director General en el Estado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; XI. El Delegado en el Estado del Centro de Investigación y Seguridad Nacional de la Secretaría de Gobernación; XII. El Representante de la Secretaría de Gobernación en el Estado; XIII. El Jefe de la Región Sonora de la Policía Federal Preventiva; XIV. Los Presidentes de los municipios que sean cabecera de Distrito judicial.

Para el conocimiento de las distintas materias de coordinación a que se refiere la ley, el Sistema Estatal contará con las comisiones de legislación, capacitación e investigación; seguridad municipal; seguridad en carreteras; procuración y administración de justicia; readaptación social, y las que se precisen para su mejor funcionamiento.

En estas comisiones podrán participar las dependencias u organismos relacionados con estas

actividades, así como los expertos y las instituciones académicas o agrupaciones del sector privado, que estén interesadas en estos temas.

De todo lo anterior te destaco:

1.- Existe la obligación de las autoridades de preveer el delito, es decir, evitarlo, mucho antes de su ejecuciòn.

2.- La función de seguridad pública es una responsabilidad conjunta que se desarrollará en sus respectivos ámbitos de competencia, por conducto de las autoridades de policía preventiva y tránsito; de la Procuraduría General de Justicia del Estado y su policía; de los tribunales; y de las autoridades responsables de la ejecución de penas y de las encargadas de aplicar medidas de seguridad para inimputables.

3.- El Sistema Estatal de Seguridad Pública contará con un programa de prevención del delito y de otras conductas antisociales que afecten a la sociedad, a partir de un diagnóstico de cada uno de los elementos del sistema preventivo y de los factores criminógenos, humanos o naturales, que les sirven de origen, a fin de coordinar los objetivos, estrategias, políticas y acciones conducentes, con el apoyo de la Comunidad.

4.- El Estado y los municipios tienen la obligación de establecer los instrumentos necesarios para constituir un sistema de información en materia de seguridad pública. Se integrará, para este efecto, una base común de datos aportados por las áreas encargadas de la vigilancia preventiva, de la persecución del delito, de la administración de justicia y de la ejecución de penas y medidas de seguridad, entre otras fuentes, y en virtud de la coordinación, se comunicará la información necesaria a las áreas antes señaladas, así como al Sistema Nacional de Seguridad Pública para facilitar las labores de planeación que correspondan.

5.- El Sistema tiene comisiones de legislación, capacitación e investigación; seguridad municipal; seguridad en carreteras; procuración y administración de justicia; readaptación social, y las que se precisen para su mejor funcionamiento.

Lo que está sucediendo es que no es cierto que cumplan con la Ley y le den ejecución al sistema estatal de seguridad pública y claro que son responsables las autoridades cuales las siguientes:

I. El Gobernador del Estado

II. El Secretario Ejecutivo, quien fungirá como Secretario Técnico del Consejo Estatal de Seguridad Pública

III. El Procurador General de Justicia del Estado;

IV. El Secretario de Infraestructura Urbana y Ecología;

V. El Director General de la Policía Judicial en el Estado; (el equivalente a la PEI)

VI. El Comandante de la IV Zona Militar;

VII. El Comandante de la VI Zona Naval Militar;

VIII. El Delegado en el Estado de la Procuraduría General de la República;

IX. El Director General en el Estado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

X. El Delegado en el Estado del Centro de Investigación y Seguridad Nacional de la Secretaría de Gobernación;

XI. El Representante de la Secretaría de Gobernación en el Estado;

XII. El Jefe de la Región Sonora de la Policía Federal Preventiva;

XIII. Los Presidentes de los municipios que sean cabecera de Distrito judicial.

“EI-BI-CÍ, GUAN-TU-TRI”:


Los universitarios se vistieron de ángeles, muerte y de lamento, reclamando a los culpables la muerte de 49 niños y niñas de la Guardería ABC. Nadie faltó a la cita, Bours, Calderón la bodega, el IMSS y sobre todo la representación de Dios en la tierra (El Papa), fueron cuestionados un día antes de celebrar el día de Muertos.

La Muerte Zanquera pedía su pan de muerto y la justicia pero no la encontró; preguntó y preguntó, nadie respondió. Se topó con un elemento de la Policía Estatal Investigadora que cuidaba el elefante blanco que lleva por nombre: Procuraduría del Estado. No hubo respuesta, un silencio sepulcral marcaria la frase dirigida a los que por obligación nos cuidan, ¡donde está la justicia pendejo! Jamás hubo respuesta… La marcha así respondió: ¡porque son unos pendejos, por eso no encuentran la justicia! Lo que encontró la Muerte Zanquera en su trayecto fue un pan del Oxxo.

El Papa fiel a su dogma prohibió votar a favor de propuestas que apoyen el aborto, la eutanasia, manipulación y destrucción del genoma humano.

Prudencia Sonora, fue la cereza del pastel, “no vemos”, “no escuchamos”, “no hablamos”, cuestionaban los universitarios, en Sonora todo está prohibido decían, menos los negocios que hacen ricos a unos cuantos, la justicia ciega y golpeada, no se podía liberal, tres madres de blanco la rodean y dándole vuelta exigen: quiero justicia no quiero lástima.

49 carriolas, 49 nombres, un sólo reclamo: Justicia. Un bello canto arrulla las carriolas, los universitarios, dan un poco de sí a la tragedia más grande de Sonora a los que los poderosos no dan nada.

Los teporochos reclaman que el alcoholismo, es un problema grave, pero nadie hace nada, las mujeres cuestionan los delitos contra las mujeres pero nadie hace nada y en esta sociedad todo está prohibido, abstinencia reclama la iglesia, pero los negocios turbios que no se paren.

“Ei-bi-sí, guan-tu-tri” coreaban los universitarios: se sancionará a quien no pinte frecuentemente la fachada de su vivienda, arroje basura desde un su vehículo particular o de transporte público. También se sancionara a dueños que ofrezcan servicios de internet y permitan a sus usuarios ver pornografía, insistían.

Las bellas muertes, los zanqueros, el Papa, los teporochos, la justicia golpeada y ensangrentada, todos universitarios nos hacían recordar esa noche que en Sonora no hay justicia para los que menos tienen, solo para los pudientes.

Y en el museo de la Universidad se erige un altar de muerto hecho de dolor y de amor de padres de niños y niñas sonrientes, que penetran nuestra conciencia y nos invitan a quererlos.

DICES, SAMUEL

Es que antes con Eduardo Bours Castelo como gobernador y ahora con Guillermo Padrés en el Ejecutivo, las cosas siguen iguales, porque las autoridades no están en condiciones de adivinar los planes del crimen organizado y desde esa perspectiva eventos como el del viernes no pueden ser evitados, más sí dar con los responsables.”
Creo que te equivocas Samuel y te lo explico con la Ley en la mano:

El artículo 3º de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Sonora:

“Define la seguridad pública como la función a cargo del Estado y los municipios, tendiente a salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, las libertades, la paz y el orden públicos.”

Las autoridades competentes alcanzarán los fines de la seguridad pública mediante la prevención, persecución, procesamiento y sanción de las infracciones y delitos y, en su caso, la aplicación de medidas de seguridad, procurando la reinserción social de sus autores, incluyendo los inimputables por minoridad o defecto mental.

También intervendrán, coordinándose con los sistemas educativos, de salud, de protección civil, de saneamiento ambiental, o cualquier otro que coadyuve a la preservación de la seguridad pública.

De igual manera, La función de seguridad pública es una responsabilidad conjunta que se desarrollará en sus respectivos ámbitos de competencia, por conducto de las autoridades de policía preventiva y tránsito; de la Procuraduría General de Justicia del Estado y su policía; de los tribunales; y de las autoridades responsables de la ejecución de penas y de las encargadas de aplicar medidas de seguridad para inimputables, así como por las demás autoridades que en razón de sus atribuciones deban contribuir directa o indirectamente al objeto de esta ley.

Por otra parte, El Sistema Estatal de Seguridad Pública contará con un programa de prevención del delito y de otras conductas antisociales que afecten a la sociedad, a partir de un diagnóstico de cada uno de los elementos del sistema preventivo y de los factores criminógenos, humanos o naturales, que les sirven de origen, a fin de coordinar los objetivos, estrategias, políticas y acciones conducentes, con el apoyo de la Comunidad.

El Estado y los municipios establecerán los instrumentos necesarios para constituir un sistema de información en materia de seguridad pública. Se integrará, para este efecto, una base común de datos aportados por las áreas encargadas de la vigilancia preventiva, de la persecución del delito, de la administración de justicia y de la ejecución de penas y medidas de seguridad, entre otras fuentes, y en virtud de la coordinación, se comunicará la información necesaria a las áreas antes señaladas, así como al Sistema Nacional de Seguridad Pública para facilitar las labores de planeación que correspondan.

Quienes integran el Consejo Estatal de Seguridad Pública:

I. El Gobernador del Estado, quien lo presidirá; II. El Secretario Ejecutivo, quien fungirá como Secretario Técnico del Consejo Estatal de Seguridad Pública y suplirá al Presidente en caso de ausencia; III. El Procurador General de Justicia del Estado; IV. El Secretario de Infraestructura Urbana y Ecología; VI. El Director General de la Policía Judicial en el Estado; VII. El Comandante de la IV Zona Militar; VIII. El Comandante de la VI Zona Naval Militar; IX. El Delegado en el Estado de la Procuraduría General de la República; X. El Director General en el Estado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; XI. El Delegado en el Estado del Centro de Investigación y Seguridad Nacional de la Secretaría de Gobernación; XII. El Representante de la Secretaría de Gobernación en el Estado; XIII. El Jefe de la Región Sonora de la Policía Federal Preventiva; XIV. Los Presidentes de los municipios que sean cabecera de Distrito judicial.

Para el conocimiento de las distintas materias de coordinación a que se refiere la ley, el Sistema Estatal contará con las comisiones de legislación, capacitación e investigación; seguridad municipal; seguridad en carreteras; procuración y administración de justicia; readaptación social, y las que se precisen para su mejor funcionamiento.

En estas comisiones podrán participar las dependencias u organismos relacionados con estas
actividades, así como los expertos y las instituciones académicas o agrupaciones del sector privado, que estén interesadas en estos temas.

De todo lo anterior te destaco:

1.- Existe la obligación de las autoridades de preveer el delito, es decir, evitarlo, mucho antes de su ejecuciòn.

2.- La función de seguridad pública es una responsabilidad conjunta que se desarrollará en sus respectivos ámbitos de competencia, por conducto de las autoridades de policía preventiva y tránsito; de la Procuraduría General de Justicia del Estado y su policía; de los tribunales; y de las autoridades responsables de la ejecución de penas y de las encargadas de aplicar medidas de seguridad para inimputables.

3.- El Sistema Estatal de Seguridad Pública contará con un programa de prevención del delito y de otras conductas antisociales que afecten a la sociedad, a partir de un diagnóstico de cada uno de los elementos del sistema preventivo y de los factores criminógenos, humanos o naturales, que les sirven de origen, a fin de coordinar los objetivos, estrategias, políticas y acciones conducentes, con el apoyo de la Comunidad.

4.- El Estado y los municipios tienen la obligación de establecer los instrumentos necesarios para constituir un sistema de información en materia de seguridad pública. Se integrará, para este efecto, una base común de datos aportados por las áreas encargadas de la vigilancia preventiva, de la persecución del delito, de la administración de justicia y de la ejecución de penas y medidas de seguridad, entre otras fuentes, y en virtud de la coordinación, se comunicará la información necesaria a las áreas antes señaladas, así como al Sistema Nacional de Seguridad Pública para facilitar las labores de planeación que correspondan.

5.- El Sistema tiene comisiones de legislación, capacitación e investigación; seguridad municipal; seguridad en carreteras; procuración y administración de justicia; readaptación social, y las que se precisen para su mejor funcionamiento.


Lo que está sucediendo es que no es cierto que cumplan con la Ley y le den ejecución al sistema estatal de seguridad pública y claro que son responsables las autoridades cuales las siguientes:

I. El Gobernador del Estado
II. El Secretario Ejecutivo, quien fungirá como Secretario Técnico del Consejo Estatal de Seguridad Pública
III. El Procurador General de Justicia del Estado;
IV. El Secretario de Infraestructura Urbana y Ecología;
V. El Director General de la Policía Judicial en el Estado; (el equivalente a la PEI)
VI. El Comandante de la IV Zona Militar;
VII. El Comandante de la VI Zona Naval Militar;
VIII. El Delegado en el Estado de la Procuraduría General de la República;
IX. El Director General en el Estado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;
X. El Delegado en el Estado del Centro de Investigación y Seguridad Nacional de la Secretaría de Gobernación;
XI. El Representante de la Secretaría de Gobernación en el Estado;
XII. El Jefe de la Región Sonora de la Policía Federal Preventiva;
XIII. Los Presidentes de los municipios que sean cabecera de Distrito judicial.

EL PRI

EL PRI:

Son corruptos, deshonestos, hampones y delincuencia organizada de la política.

Por muchos años nos han tenido en la pobreza, en la marginación y en la zozobra de vivir amezados con la fuerza pública, por cuestionarles su actuar.

De ellos conocemos frases celebres para justificar todo lo impensable, para defender a gobernadores pederastas, para defender a los ricos.

Votan a favor de aumentar los impuestos buscan desaparecer la tenencia, dar seguridad social cuando ellos jamás pensaron darla en el poder, dicen hoy que ven por los que menos tienen. Es el PRI derrotado de Sonora, pero que no está muerto.

Empiezan a dar chispazos de ese discurso ramplón de oposición responsable y me parece que es el mejor ejemplo para el PAN, el PRD, el PT, Convergencia, de que existen, heridos, pero existen y tienen a sus aliados que les lamen las heridas.

Hoy la política, es de acción, si no te mueves no ganas, los discursos del pasado, no aplican en una sociedad que es bombardeada por los medios de comunicación.

Las acciones del PRI hoy son falacias, del destino, pero en un gran sector de la sociedad tan dividida en nuestro Estado penetran y gustan, es el péndulo del PRI y PAN Sonora, que la oposición no puede romper y parece que no quiere intentar romperlo.

Nadie es dueño de las propuestas que hace el PRI, pero los demás partidos las pierden de vista en la confusión (así se ve, no quiere decir que así sea) de un nuevo gobierno y de una izquierda encabezada o descabezada por quién sabe.

Por lo pronto bienvenidas las iniciativas de Samuel Moreno Terán, desde el Congreso de la Unión que defienden a Cananea y la no implementación de transgénicos en Sonora; de Bulmaro Pacheco y Vicente Javier Solís Granados, por dar seguridad social a los periodistas; de Héctor Ulises Cristopulos Rìos y de Raúl Tapia Acosta, que pretenden eliminar la tenencia y el requisito de examen médico para ingresar al ISSSTESON.

Han demostrado que la revolcada que les dieron no les quemo el cerebro, como al PAN el triunfo y al PRD, PT y CONVERGENCIA la derrota.

Hoy que se materialicen dichas propuestas para bien de la gente.

A los que poco conozco del PRI y no hayan sido parte de toma de decisiones definitivas de algún gobierno Priista, los excluyo de mis primeros párrafos, pero a los que no, les queda el chaleco pero bien.