lunes, 26 de noviembre de 2012

Debe respetarse la Ley Laboral en las Juntas de Conciliación y Arbitraje de Sonora: Lorenia Valles.

Debe respetarse la Ley Laboral en las Juntas de Conciliación y Arbitraje de Sonora: Lorenia Valles. En las giras que he realizado por el Estado de Sonora diversas trabajadoras y trabajadores del Estado de Sonora, le han manifestado a la suscrita que las Juntas Locales de Conciliación (próximas a desaparecer con la reforma laboral) y Juntas de Conciliación y Arbitraje del Estado, no se conducen de acuerdo a la Ley en unos casos con intereses a favor de la patronal y en otros a favor de trabajadores inexistentes que demandan a pequeñas y medianas empresas, perjudicando a empresarias y empresarios honestos. Asimismo, jóvenes se han quejado de que en las juntas de conciliación los obligan a recibir finiquitos menores a los que previene la ley con la amenaza de que serán boletinados y no se les dará trabajo en otras empresas. Se habla también de procesos que se paran por intereses, impunidad, corrupción, coyotaje, falta de capacitación en funcionarios, sueldos bajos en algunos empleados, ineficiencias como falta de control en el archivo de expedientes los cuales son hasta desaparecidos. Estas prácticas son añejas y parece que independiente del gobierno no cambian, sin duda no estamos a favor de trabajadoras y trabajadores que solo abusan del patrón, pero tampoco lo estamos de patrones y autoridades coludidas para negar los derechos a los trabajadores. La pasada reforma laboral nada resuelve sobre esto. Se dice que también el personal honesto de las juntas es relegado y amenazado con despidos. Las juntas de conciliación deben ser órganos de imparcialidad como se desprende del Artículo 685 de La Ley Federal Del Trabajo que cita lo siguiente: “El proceso del derecho del trabajo será público, gratuito, inmediato, predominantemente oral y se iniciará a instancia de parte. Las Juntas tendrán la obligación de tomar las medidas necesarias para lograr la mayor economía, concentración y sencillez del proceso.” Lo que parece que en la mayoría de los juicios laborales no se lleva a cabo. Además, compete al Gobernador del Estado Conforme la Ley Laboral en sus artículos 601 ( artículo que se derogó en la pasada reforma laboral pero que no entra en vigor todavía) y 622, la instalación y establecimiento de Juntas Locales de Conciliación y Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje respectivamente, por lo que el Gobernador del Estado de Sonora puede hacer que las situaciones narradas se terminen para que la justicia pronta, expedita e imparcial derecho humano de los gobernados, sea respetado por las autoridades que aplican las normas en materia laboral. En este sentido, se hace necesario que el Gobernador Constitucional del Estado de Sonora C. Guillermo Padrés Elias, exija a las Juntas Locales de Conciliación en tanto no desaparezcan y a las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje de Sonora, el irrestricto cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo en la tramitación de los asuntos sometidos a su competencia. ATENTAMENTE DIP. LORENIA VALLES SAMPEDRO.

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