miércoles, 14 de octubre de 2009

Si los diputados no cumplen la ley, menos los ciudadanos

Por hacer coalición para no aplicar una Ley…
Ex candidato al Gobierno pide desafuero de los 26 diputados del PRI y PAN.

Por Santiago García C. / Dossier Politico

Dia de publicación: 2009-10-13

Hermosillo, Sonora.- El ex candidato del PT al Gobierno del Estado, solicitó el desafuero de los 26 diputados del PRI y del PAN para que sean sujetos de acción penal por evitar de manera premeditada la aplicación o cumplimiento del artículo 84 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, que obliga a los legisladores integrar las comisiones en el Poder Judicial en un término de cinco días.

Miguel Ángel Haro Moreno, señaló que los diputados han justificado políticamente más jurídicamente el retraso de la integración de las comisiones, lo que indica que actualizan el delito de coalición establecido en el artículo 182 del Código Penal para el Estado de Sonora, que señala la comisión de ese delito a los servidores públicos, en este caso los 26 diputados del PAN y del PRI, para la aplicación o impedir la aplicación de una Ley como es la legislación del mismo Congreso del Estado.

“Estoy pidiendo su desafuero para ver si ellos mismos se aplican porque el problema de este país y de este Estado es la impunidad, es no cumplir la Ley, independientemente de que se haya reformado la Ley la semana anterior se aplica porque el delito de se actualizó desde el momento en que incumplieron la norma, lo único que demuestra con la reforma a la Ley es que incumplieron la norma y que la reformaron porque no se les adecuó a sus intereses, no sociales, sino políticos”.

Dijo que ve difícil que ellos mismos se autoapliquen el desafuero, sin embargo, si los diputados del PRI y del PAN quieren enviar un mensaje a los sonorenses de que están cumpliendo con la Ley deben de dar una respuesta sobre esta petición que está haciendo de desafuero a los diputados.

“Como es un juicio social tienen que proceder en función de la sociedad que se daña porque no se cumple con ley que es el reclamo de siempre del PAN y del PRI, el cumplimiento de la Ley de todas las fuerzas sociales y políticas distintas a ellos”.

El artículo 182 del Código Penal para el Estado de Sonora establece que cometen el delito de coalición los servidores públicos que, teniendo tal carácter, se coaliguen para tomar medidas contrarias a una Ley, reglamento o disposición de observancia general, para impedir su ejecución o para hacer dimisión de sus puestos, con el fin de impedir o suspender el normal funcionamiento de la Administración Pública Estatal. o Municipal, de empresas o asociaciones asimiladas a éstas.

El artículo 183 del mismo Código, señala que a los que cometan el delito de coalición se les impondrá prisión de tres meses a dos años, de diez a cien días de multa, y destitución, en su caso, e inhabilitación de tres a dos años, para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

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